ASETIB

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de carácter personal (LOPD) [descargar], la ASETIB está obligada a recabar de todos sus asociados su autorización, con el fin de poder dirigirse a ellos a efectos de comunicación para la prestación de los servicios propios de la Asociación.

A tal fin se ha remitido a todos los asociados, vía correo ordinario, una circular, que incluye un formulario, y un documento informativo. Se ha incluído, así mismo, un sobre franqueado para devolver el formulario debidamente cumplimentado y firmado.

La circular y el informe sobre LOPD se pueden descargar desde la propia página web. [Circular nº4: LOPD][Informe LOPD]

NOTA: Respecto a las sanciones indicadas en el Informe LOPD, la cuantía de las mismas fue modificada por la disposición adicional quincuagésima sexta de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible. [descargar]


En el documento adjunto encontraréis la convocatoria de elecciones para cubrir los cargos de la Junta Directiva de la Asociación Española de Ingenieros de Telecomunicación (AEIT), que se celebrarán el 4 de mayo de 2011.


Recientemente nuestra Asociación ha firmado un Compromiso con la Consellería de Salut i Consum del Govern Balear, con el fin de estar representados en los Colegios Arbitrales de la Junta Arbitral de Consumo de las Baleares, proponiendo a las personas que, de acuerdo a los criterios establecidos por el Consejo General del Sistema Arbitral, puedan ser acreditados como árbitros de consumo, para aquellos conflictos sometidos a Arbitraje. [Circular nº 3: Sistema de Arbitraje de Consumo]

Para llevar a cabo este compromiso, estamos elaborando una lista de Árbitros en la que podrán participar todos los asociados que cumplan los requisitos de incorporación, que puedes consultar el apartado de Arbitraje de Consumo en la sección de Ejercicio Libre de nuesta web.

Igualmente, en la web encontrarás una descripción de las funciones de la Junta Arbitral, así como la estructura y funcionamiento de los Colegios Arbitrales, que son los órganos que median en las controversias y reclamaciones.


El Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación ha publicado el folleto "El Visado Voluntario de Trabajos Profesionales como Garantía" en el que se exponen las ventajas que supone continuar visando los trabajos profesionales no incluídos el el catálogo de trabajos profesionales cuyo visado es obligatorio según la Ley Ómnibus (R.D. 1000/2010).

Se puede consultar dicho folleto aquí.


El jueves 13 de Enero se detectó la recepción por parte de algunos colegiados de correos electrónicos supuestamente remitidos por el COIT solicitando al receptor que proporcione al emisor el usuario y contraseña de acceso a su cuenta de correo. Se trata de un intento de acceder a información confidencial de forma fraudulenta.

En el siguiente enlace se puede acceder a la nota publicada por el COIT a este respecto.


El pasado 6 de agosto se publicó en el BOE el Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre Visado Colegial Obligatorio. En dicho RD se establecen los trabajos profesionales objeto de visado obligatorio por los respectivos Colegios Profesionales. El RD entró en vigor el pasado 1 de octubre.

Respecto a la presentación de trabajos de Infraestructuras Comunes de Telecomunicación (ICT), la Subdirección General de Infraestructuras y Normativa Técnica de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI), ha enviado a las Jefaturas Provinciales de Inspección de Telecomunicaciones (JPIT) una Circular con el procedimiento a seguir por las JPIT, desde este pasado 1 de Octubre. La Circular se puede consultar en la web del COIT. [acceder]

En el siguiente enlace se puede acceder al comunicado publicado por el COIT respecto a la entrada en vigor del Real Decreto.